RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS TECORES

EL CONGRESO APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LA LEY SOBRE ACCIDENTES DE TRÁFICO
POR ESPECIES CINEGETICAS

El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado, en una votación casi sin precedentes en está legislatura dada su práctica unanimidad, corregir la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que cargaba toda la responsabilidad de los accidentes detráfico producidos por especies cinegéticas en los cotos por los queatravesaban las vías de circulación publicas y las correspondientes indemnizaciones. A partir de la entrada en vigor de esta ley, aprobada en el Congreso el día 28 de abril de 2005, la responsabilidad de los cotos sólopodrá exigirse cuando el accidente sea producto de la acción de cazar.

Ha sido una larga batalla en la que la Real Federación Española de Caza ha puesto, con el apoyo de la Oficina Nacional de la Caza, todo su esfuerzo y empeño, realizando múltiples contactos para acabar con este grave problema con todos los partidos políticos, así como diversas reuniones y seminarios organizados por la Real Federación Española de Caza, por la Escuela de la Federación y por la Oficina Nacional de la Caza.

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Se logra ahora eliminar la tremenda injusticia que los cazadores estaban sufriendo y que amenazaba de manera inmediata la existencia de miles de cotos, la inmensa mayoría de titularidad de sociedades y entidades locales.

José Manuel Vaamonde, presidente de la Federación Gallega

Además de comunicar la buena noticia a todos los cazadores españoles, queremos dar las gracias a los representantes de la soberanía popular por su sensibilidad ante el problema y por haber colocado los verdaderos intereses de la sociedad por encima de posibles disputas partidistas.

El resultado, fruto de esta importantísima conjunción de esfuerzos, ha significado un hito en la actual legislatura de las Cortes, al ser aprobada la enmienda en el Pleno con más de 300 votos a favor del texto propuesto, que es el siguiente:

"En accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas será responsable el conductor del vehículo cuando se le pueda imputar incumplimiento de las normas de circulación. Los daños personales y patrimoniales en estos siniestros, sólo serán exigibles a los titulares de aprovechamientos cinegéticos o, en su defecto, a los propietarios de los terrenos, cuando el accidente sea consecuencia directa de la acción de cazar o de una falta de diligencia en la conservación del terreno acotado".

"También podrá ser responsable el titular de la vía pública en la que seproduce el accidente como consecuencia de su responsabilidad en el estado deconservación de la misma y en su señalización".
   
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